NUEVOS MIEMBROS DE LA ASOCIACIÓNPara adquirir la condición de miembro de la ASOCIACIÓN ESPAÑOLA DE CIRUGÍA ESTÉTICA y PLÁSTICA es necesario remitir una solicitud de ingreso (pinche aquí para descargarla) debidamente cumplimentada, por correo ordinario a la C/ Velázquez, 50 – 3ª plta, 28001 Madrid, o a través de correo electrónico Esta dirección electrónica esta protegida contra spam bots. Necesita activar JavaScript para visualizarla . La solicitud de ingreso será examinada por la Junta Directiva de la Asociación Española de Cirugía Estética que comprobará el cumplimiento de los requisitos por parte del solicitante para adquirir la condición de Miembro. Al efecto, La ASOCIACIÓN ESPAÑOLA DE CIRUGÍA ESTÉTICA se compone de Miembros Fundadores, Miembros Numerarios, Miembros Asociados, Miembros Correspondientes, Miembros Residentes, Miembros Honorarios, Miembros Eméritos y Miembros Colaboradores. 1. MIEMBROS FUNDADORES:Son aquellos que participen en el acto de constitución de la Asociación y firmen el Acta Fundacional. 2. MIEMBROS NUMERARIOS:Podrán ser Miembros Numerarios de la Asociación todos aquellos Médicos Especialistas en Cirugía Plástica, Estética y Reparadora, españoles o extranjeros, que reúnan los siguientes requisitos: 3. MIEMBROS ASOCIADOS:Podrán ser Miembros Asociados de la Asociación todos aquellos licenciados o doctores en Medicina y Cirugía, españoles o extranjeros, que reúnan los siguientes requisitos: 4. MIEMBROS CORRESPONDIENTES:Podrán ser Miembros Correspondientes de la Asociación todos aquellos licenciados o doctores en Medicina y Cirugía, españoles o extranjeros, y no colegiados en España que reúnan los siguientes requisitos: 5. MIEMBROS RESIDENTESPodrán ser Miembros Residentes aquellos en situación de Médico Interno Residente de la Especialidad de Cirugía Plástica, Estética y Reparadora en cualquier Hospital Español y colegiados en España. 6. MIEMBROS HONORARIOSPodrán ser miembros Honorarios aquellos Médicos Especialistas en Cirugía Plástica, Estética y Reparadora que por su contribución y especial relación con la Especialidad o con la Asociación merezcan a juicio de la Junta Directiva, ese reconocimiento. 7. MIEMBROS EMÉRITOS:Podrán ser Miembros Eméritos todos aquellos Miembros Numerarios que bien por enfermedad, paso a la jubilación u otra causa especialmente relevante para la Junta Directiva dejen de ejercitar la Cirugía Estética pero quieran seguir vinculados a la Asociación. 8. MIEMBROS COLABORADORESPodrán ser Miembros Colaboradores aquellas personas o entidades que, aun no perteneciendo a la profesión médica, quieran participar en la Asociación favoreciendo su desarrollo. Si la decisión de la Junta Directiva es favorable a la solicitud, la decisión deberá ser ratificada por la Asamblea General por mayoría de dos tercios. En caso contrario, la decisión de la Junta podrá ser impugnada ante la Asamblea General. Una vez aprobada por la Asamblea General, el ingreso como miembro de la Asociación y el acceso a todos los beneficios derivados de dicha condición, será efectivo a partir de la remisión de un formulario de datos debidamente formalizado y del abono de la cuota de ingreso correspondiente. |
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